PREGUNTA
¿Se pueden elaborar Fórmulas Magistrales para uso en consultas médicas?
Pongo como ejemplo, cremas anestésicas y viales de mesoterapia
En caso afirmativo, que requisitos se requieren en la receta médica, principalmente en lo referente al paciente, ya que en principio se van a usar en más de uno. Sería una solución poner, PARA: NOMBRE DEL MEDICO y ser utilizado por el médico en consulta en más de un paciente?
Hay otras soluciones al tema?
RESPUESTA
Buenas tardes,
La consulta la pasamos a nuestro abogado para que la responda mejor.
Pero creo que no podemos hacer formulas para centros médico-estéticos en general, para que los distribuyan a sus pacientes de ningún medicamento y un EMLA es un medicamento Además , tendríamos que tener una salida para cada uno de los pacientes ( receta). Entiendo que no podríamos hacer 1 kg de EMLA 10% ( es un ejemplo) para que ellos fueran utilizando en función de su demanda. Pues deberíamos tener una receta por cada paciente que dieran la EMLA y al final ese kilo cuadrarlo con las salidas ( no creo que lo hagan), aunque esos tratamientos debieran estar incluidos en
la visita, en ningún caso podrían venderlos al paciente.
Además , hace unos meses, llegó una circular del ministerio diciendo que las cremas EMLA no se podían hacer puesto que detectaron anomalías en las concentraciones utilizadas ( 20-25%)y prohibieron su uso.
Lo que si se está haciendo es que el médico prescriba una receta al paciente para que vaya a la fcia y vuelva el día acordado para que se lo apliquen en donde sea.
Pasaremos la respuesta oficial en cuanto la tengamos
Muchas gracias por confiar en nosotros
Respuesta de nuestro abogado
Las formulas magistrales se consideran medicamentos destinados a un paciente individualizado, preparado por un farmacéutico, o bajo su dirección, para cumplimentar expresamente una prescripción facultativa detallada de los principios activos que incluye (artículo 2* del Real decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio, por que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios).
Por tanto, no es posible dispensar fórmulas magistrales en centros médicos para que las administren entre sus pacientes, porque estas fórmulas no cumplen con el referido requisito consistente en que sean destinadas “a un paciente individualizado”.
Por tanto la única solución es que a un paciente determinado se le dispense, previa la correspondiente receta, la
fórmula magistral en cuestión, la recoja en la farmacia, y después el paciente vaya al centro médico para que se le aplique.
Cordialmente,
* A los efectos de esta ley se entenderá por:
[…]
i) «Fórmula magistral»: El medicamento destinado a un paciente individualizado, preparado por un
farmacéutico, o bajo su dirección, para cumplimentar expresamente una prescripción facultativa detallada
de los principios activos que incluye, según las normas de correcta elaboración y control de calidad
establecidas al efecto, dispensado en oficina de farmacia o servicio farmacéutico y con la debida
información al usuario en los términos previstos en el artículo 42.5.”
